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Por Víctor Lepe Olmos

La Unión Europea (UE) como forma organizacional de integración regional de Estados, está conformada por una trinidad de elementos fundamentales que hacen efectivo su funcionamiento, esto según el profesor Armin Cuyvers (1) de la Universidad de Leiden, dedicado al estudio del derecho europeo y a la integración regional comparativa. Estos elementos consisten en la autonomía, el efecto directo y supremacía de las leyes de la UE. Esta trinidad implica que las leyes de la UE son aplicadas con independencia de aquellas de rango nacional, como también son de afectación directa tanto a los individuos o personas naturales, como a las empresas o personas jurídicas; y que, por último, y probablemente su punto más discutido, en caso de conflictos, la ley de la Unión prevalece por sobre la nacional de un Estado, incluso constitucionalmente. ¿Es esto una violación a la democracia y soberanía de un Estado? ¿Chile y Latinoamérica podrían o deberían unirse a una eventual organización regional como la de la UE?

En la actualidad estamos viviendo el apogeo de las problemáticas derivadas de un mundo cada día más globalizado. Las economías mundiales siguen recuperándose de las consecuencias de la pandemia del COVID-19 y de los conflictos armados en oriente, mientras que, por otra parte, los Estados intentan combatir los presentes efectos del cambio climático, el crimen organizado, el fenómeno mundial de la migración, entre otros. Todo lo cual nos lleva al cuestionamiento de si cada Estado por sí solo es suficiente para hacer frente a cada uno de estos desafíos, mientras que la experiencia actual y la persistencia de cada uno de estos problemas, nos ha mostrado claramente que no lo son. Es por esto que las posibilidades de hacer alianzas multilaterales y de integración entre Estados vecinos se hace imperante y necesaria a nivel mundial, pero realizada de manera efectiva, es decir, esta debe implicar efectos vinculantes a gran escala y supraconstitucionales para al fin empezar a colaborar y generar los resultados deseados.

El debate que se generaría al respecto de las afectaciones a la soberanía y democracia de cada Estado, serían legítimos, pero a su vez la historia del “Brexit” nos ha mostrado que dichos elementos fundamentales de un Estado de derecho, no están en riesgo alguno al momento de pertenecer a este tipo de organización a la manera de la UE. Lo anterior se debe a que, tanto como hay voluntariedad, soberanía y participación democrática en hacer vinculantes los efectos jurídicos de una organización tal, también existen dichos elementos al momento de terminar con los mismos efectos.

Ahora, siendo responsable y consciente de la realidad nacional y latinoamericana actual, es que un tipo de integración como la mencionada, nunca ha podido estar más lejana de llevarse a cabo, en consideración de las diferencias culturales, sociales, económicas y por sobre todo políticas que nos dividen tanto a nivel regional como interno. No tenemos que salir del país para evidenciar la polarización que existe a la hora de plantearnos cómo enfrentar las problemáticas previamente mencionadas, tales como la de la migración. Pero también podemos observar que diferimos mucho con nuestros vecinos en las maneras en las que planeamos enfrentar las dificultades económicas que afectan a la sociedad o en como enfrentamos el crimen organizado. A modo de ejemplo, no son secreto las constantes diferencias de criterio y opinión en la forma en que el gobierno nacional ha mostrado enfrentar los problemas de seguridad, comparado a cómo lo hace el gobierno salvadoreño bajo el mando de Nayib Bukele. Otro ejemplo más reciente y en desarrollo sería el cómo el futuro gobierno argentino de Javier Milei busca aplacar la inflación con la privatización de la mayor parte de servicios a cargo del Estado, mientras que en el escenario nacional muchas veces es precisamente la acción y gestión de los privados en servicios esenciales lo que genera el descontento social. A pesar de todo esto, el acuerdo MERCOSUR suele ser un buen punto de referencia para la integración latinoamericana, pero su objetivo se queda corto para enfrentar situaciones como las expuestas, que muchas veces van más allá de la economía y el mercado. 

Ante las dificultades que representan nuestras diferencias, es que debemos ponderarlas frente a lo que nos une como pueblo latinoamericano, como lo es nuestra historia, nuestra capacidad de adaptarnos a las circunstancias, la solidaridad ante las tragedias de nuestros vecinos, la búsqueda de un buen y mejor vivir, entre otras cosas comunes también con el resto del mundo, como la batalla contra el cambio climático, el cual no discrimina entre responsables y afectados. Todo esto y más son las directrices que nos deberían encaminar hacia grandes acuerdos entre naciones. En cambio, si seguimos pensando que estamos solos frente a las macros-problemáticas globales, estamos condenados a perpetuar un seguro “sálvese quien pueda”.


(1)  CUYVERS, Armin (2017), “Chapter 4A: The Scope, Nature and Effect of EU Law”, en UGIRASHEBUJA, Emmanuel, RUHANSIGA, John Eudes, OTTERVANGER, Tom y CUYVERS, Armin, East African Community Law: Institutional, Substantive and Comparative EU Aspects (Leiden, Brill Nijhoff) pp. 161 – 181.