Por Angela Monsálvez Bustamante
Hasta hace un par de años atrás, incluso antes de la pandemia, existía una gran deficiencia en cuanto a las regulaciones de las pensiones alimenticias, tema poco conversado en Chile, pero bastante relevante para gran parte de su población, siendo los más afectados los niños, jóvenes y adolescentes que dependen mes a mes de que sus progenitores cumplan con su deber, el cual más de una vez, no lo han hecho.
Al hablar del concepto de familia con diversas personas, generalmente se obtienen distintas concepciones, o se tienen variados fines. Antiguamente, este concepto era un poco más universal y estático, conformado por un padre a cargo de lo financiero, una madre responsable de las actividades de la casa y de los niños. Hoy en día eso ya no se ve por montones; al contrario, ha ido disminuyendo cada vez más.
Sin embargo, independiente de los recorridos por la historia de estas concepciones, un término que resulta poco ajeno a la realidad es el de “papito corazón”, expresión utilizada para aquellos mayoritarios hombres que tiene hijos o hijas y los dejan a la deriva, a cargo en su totalidad de las respectivas madres, confiados en el cuidado que se les otorgará mes a mes sin un apoyo o contención monetaria ni emocional.
Hoy la realidad chilena se caracteriza en su gran mayoría por estas mujeres que deben asumir solas el cuidado de sus hijos; son mujeres que deben trabajar, cumplir labores del hogar, tiempos de crianza, y ¿dónde queda el tiempo propio? Además de que socialmente se han visto criticadas por llevar una maternidad fuera de un núcleo familiar, cómo las únicas responsables del nacimiento de los infantes, ¿por qué no se critica de igual forma al padre? Juzgar a aquel que no se responsabiliza de sus hijos desde una perspectiva emocional y de crianza, y menos del ámbito económico.
Ello da cuenta de una precarización para el género femenino al llevar toda la carga de la maternidad y paternidad al mismo tiempo, y especial agravio para los hijos o hijas que no reciben sus pensiones como corresponde, porque o no las reciben o reciben montos menores y en diversas fechas sin una continuidad, generando incertidumbre en el día a día del hogar. Se debe tener en cuenta que si el progenitor no cumple con su deber, es la madre la que debe, en palabras sencillas y comunes, hacer magia para hacer valer el dinero.
Producto de nuestra población de papitos corazones, es que se han creado nuevas legislaciones, a mi parecer un poco tardías considerando los años de precarización. Suponemos estar en una era moderna en la que el concepto de familia ha cambiado, abrimos puertas a las diversidades, la tecnología, pero tardamos tanto en atender a los niños y jóvenes de la nación chilena, aquellos que cuentan con los denominados Derechos de los niños para que no se vean afectados en sus derechos fundamentales, pero el no recibir sus pensiones ¿no les afecta?
La crisis sanitaria visualizó las dificultades económicas de los chilenos en diferentes aspectos, teniendo el gobierno que acudir a subsidiar. El lado “positivo” de la situación, es que en noviembre de 2022 comenzó a regir la Ley 21.389 que creó el Registro Nacional de Deudores, la cual permite el envío de antecedentes tras un determinado plazo de no pago de pensión al Servicio De Registro Civil e Identificación con el objetivo de inscribir al o la alimentaria deudora en dicho registro. Aquello constituye un avance en las necesidades correspondientes al área de familia, la cual recibe causas constantemente de personas que tiene necesidades reales y urgentes que deben ser atendidas.
Las consecuencias de entrar en el mencionado registro son: la retención de las devoluciones de impuestos; imposibilidad de obtener o renovar la licencia de conducir o el pasaporte; entre otras medidas. Además, en mayo de 2023 la Ley 21.389 se aprobó con el impulso de la entrada en vigor de la Ley 21.484 en relación con la Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos que posibilita el pago de la deuda por medio de los fondos que este tenga en sus cuentas bancarias. Además, esta Ley ofrece posibilidades ante la opción de que las cuentas no contengan fondos, entre otras novedades. El punto importante es la creación de normas que puedan subsanar y dar respuesta ante la precarización que deja el no pago de una pensión. Es un tema relevante que se haya minimizado en el tiempo, pero ahora va tomando firmeza y las riendas de un progreso.
Si nos ponemos en un caso hipotético, que el día de mañana no nos paguen el sueldo mensual de nuestros trabajos, el empleador llega y menciona que se atrasó la remuneración por diez días y pasado ese plazo resulta que paga un monto menor, o derechamente no paga. ¿Constituye una violación al derecho del trabajador? Claramente y ello se debe reclamar. Lo mismo ocurre con las pensiones, no debieran existir prórrogas.
El mismo Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, hace mención a la promulgación de esta nueva Ley bajo el fundamento de contrarrestar la vulneración de los derechos de niñas, niños y adolescentes, pero además hace un hincapié en que como esta situación es mayoritariamente concurrente con los hombres, siendo estos los que contemplan el mayor porcentaje por sobre la mujeres, es que el Ministerio argumenta en torno a la violencia económica sobre las madres y busca darles solución prioritaria a todas aquellas mujeres que viven este tipo de situaciones.
El llamado principal es a poner atención prioritaria a lo que acontece en los tribunales de familias. Al abrir el registro se dio cuenta de un alto porcentaje de deudores, que no ha parado de crecer. Considerar también las familias que no se atreven a iniciar un procedimiento por miedo a una violencia o reacción física, priorizando la salud ante enmendar las violencias económicas.
Así como se juzgaba a las madres solteras por el simple hecho de ser tal, deberíamos juzgar con mayor intensidad a los deudores que no se hacen cargo de sus responsabilidades. Menos discusión sobre si los hombres conceden o no un aborto, y más atención a los niños ya nacidos que no tienen que comer por ser hijos de un “papito corazón”. El avance legislativo no ha terminado, y esperemos que se vaya actualizando en conjunto con las necesidades y urgencias de los y las agraviadas.
