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Sergio Guzmán Costabal
ASESOR LEGISLATIVO CDC
Reformas políticas 

 

 

El inminente y bienvenido proceso para la redacción de una nueva constitución para Chile nos invita a replantearnos y a conversar sobre diversos temas propios de esta Ley Fundamental. Uno de estos es la definición de la edad requerida para ser considerado ciudadano chileno y, por consiguiente, para ejercer el derecho a voto.

¿Es determinante el tener dieciocho años de edad para poder ejercer libre y responsablemente el derecho a sufragio? ¿Qué consecuencias podría tener el rebajar la edad exigida?

Estas interrogantes no son nuevas. Cabe recordar que, desde el retorno a la democracia, ya se han presentado al Congreso tres proyectos de reforma constitucional que buscan rebajar este límite a los 16 años de edad (boletines 5.119-07, 5.585-07 y 8.680-07). Asimismo, otros países latinoamericanos ya han permitido el voto para los mayores de dieciséis en todo tipo de elecciones, como son los casos de Argentina, Brasil, Ecuador y Nicaragua. En Europa, si bien Austria es el único país que ha reducido la exigencia a los 16 años en elecciones de carácter nacional, existen varios otros ejemplos a nivel de elecciones regionales o locales y, sobre todo, debe tenerse en consideración que la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa resolvió llamar a todos los Estados europeos a estudiar la posibilidad de rebajar la edad para votar a los dieciséis, en todo tipo de elecciones (Resolución 1826 de 2011).

Tiene sentido plantearse este cambio, particularmente en Chile. Recordemos que en nuestro país fueron los estudiantes secundarios quienes, el año 2006, pusieron sobre la mesa la discusión que terminó reemplazando la LOCE por la Ley General de Educación. En efecto, los estudiantes secundarios no sólo demostraron que podían tener una opinión política, sino que nos dieron clases sobre la importancia de también expresarla. En ese sentido, si bien las elecciones no pretenden reemplazar otro tipo de expresiones democráticas, ¿no sería lógico que quienes tengan capacidad de tener una opinión, puedan también manifestarla en las urnas?

Más de alguno podría cuestionar que a los 16 años no existe una madurez suficiente para entender el sistema democrático o para decidir con libertad. No obstante, los estudios psicológicos son bastante coincidentes en que las capacidades cognitivas se han desarrollado suficientemente a partir de los 15 años[1]. No por nada la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente hace responsables a los mayores de 14 años y el Código Civil, ya desde 1855, dispone que los mayores de 16 pueden asumir su responsabilidad extracontractual.

Efectivamente, parece justo que se reduzca la edad para votar, pero además, esto podría ser profundamente beneficioso para nuestra democracia.

Al respecto, es sabido que el porcentaje de quienes participan en las elecciones en Chile es cada vez menor, lo cual para peor, se acentúa en los más jóvenes. En relación a lo anterior, múltiples organizaciones sociales han abogado por que el Estado aumente la preocupación por la formación ciudadana en la educación escolar, que entre sus metas busca justamente una mayor participación política. En esta línea, el hecho que los estudiantes tengan la posibilidad de votar al mismo tiempo que están estudiando en el sistema escolar, generaría un oportunidad única de vincular la teoría y la práctica.

De esta forma, los estudiantes no verían el estudio de la institucionalidad chilena como algo remoto, carente de interés, sino que serían verdaderos protagonistas de lo que aprenden. Por otro lado, el escenario de una elección sería una oportunidad riquísima para el aprendizaje en el aula de valores democráticos propios de la formación ciudadana: el ejercicio de la autodeterminación y la toma de decisiones, en la definición del voto; la importancia de la argumentación y del saber escuchar, en el intercambio con los compañeros; la necesidad del respeto por quienes piensen y voten de manera diversa; etc.

En definitiva, el reducir la edad para poder votar en nuestra futura Constitución, no sólo parecería justo, sino que también una gran idea para nuestra democracia.

[1] Esta información está recogida de un Informe preparado en marzo de 2005 por el filósofo José Antonio Marina y la abogada María de la Válgoma, para el Alcalde de Sevilla, quien propuso extender el derecho al  sufragio en las elecciones locales de Sevilla a los jóvenes de 16 y 17 años. Disponible en http://www.movilizacioneducativa.net/pdf/DICTAMEN%20AYUNTAMIENTO%20SEVILLA.pdf