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James Black
ASESOR LEGISLATIVO CDC

Columna publicada en el diario El Mostrador 

 

Cinco años se cumplen ya de aquella fatídica madrugada del 8 de diciembre que conmovió a todo un país, en la cual las llamas extinguieron la vida de 81 personas y dejaron un sinnúmero de heridos, sin que hubieran tenido una real posibilidad de escapar a tal funesto destino.

Ese día, a medida que nos íbamos enterando de los detalles del incendio acaecido en la Cárcel de San Miguel, salía también a la luz aquella parte de la realidad carcelaria que nuestra sociedad ha insistido en invisibilizar y reprimir en lo más profundo de su inconsciente, o bien denegando esa realidad, o bien, no queriendo hacerse cargo de su existencia.

Así, como si se tratase de un mal recuerdo que se había intentado mantener enterrado, se volvía a colocar en la palestra de la discusión pública el inhumano hacinamiento de nuestro sistema carcelario, las precarias condiciones en que viven, la falta de acceso a los cuidados más básicos –tanto físicos como de salud mental-, la privación de derechos fundamentales, la cantidad de primerizos o personas no condenadas y bajo medidas cautelares que atiborran las cárceles, y, por supuesto, la imposibilidad de que en dicho ambiente una persona pueda rehabilitarse y luego reinsertarse en la sociedad.

Ante ello, una voz transversal del sistema político reclamaba al unísono la necesidad de modificar el enfoque de la política criminal, del sistema carcelario y de ejecución de las penas, concentrando los esfuerzos y recursos en mejorar sistemas alternativos de cumplimiento de penas en libertad, que permitieran trabajar de mejor forma la reinserción del infractor, como también en la rehabilitación intracarcelaria, disponiendo condiciones que les permitan a quienes están privados de libertad, un cambio en su relación con la sociedad y su red de apoyo, o bien, generar una, poniendo el foco de su período de privación de libertad en reforzar aquellas habilidades que les posibiliten una posterior reinserción.

5 años se cumplen ya de aquella fatídica madrugada del 8 de diciembre, y para una gran parte pareciera no ser más que un recuerdo desterrado al olvido, siendo sólo unas pocas voces del sistema político las que aun claman por una política criminal que permita una mayor reinserción y real inclusión.
Todo ello avalado, por lo demás, en los múltiples estudios que han demostrado que la tasa de reincidencia baja considerablemente cuando las penas se cumplen en libertad (28%) con respecto a un sistema cerrado de cumplimiento de pena (51%), como también cuando se tiene acceso a programas educacionales, laborales o de salud, entre otros.

Dicho cambio de enfoque que se reclamaba, es también lo que el sentido común llamaba a hacer. Es decir, velar porque la cárcel sea la última ratio y se reserve para delitos graves, favoreciendo -en general- la posibilidad de que un infractor cumpla su pena mediante medidas alternativas a la reclusión (ej. libertad vigilada intensiva, trabajos comunitarios, brazalete electrónico, etc.) y tenga acceso a diversos programas que de conformidad a sus particulares necesidades posibiliten su reinserción; ya sea completar estudios o capacitación laboral, colocación laboral, terapia psicológica rehabilitación por drogas, etc. Sin que se desvincule al infractor de la comunidad y/o familia, y, por el contrario, buscando fortalecer o crear redes de apoyo y trabajar conjuntamente con las mismas. Objeto no menor si se considera que un porcentaje significativo de quienes en algún momento han estado privados de libertad, son a su vez hijos de presos, y que alto porcentaje de jóvenes que delinque presentan adicciones o han sido víctimas de abandono; pudiendo un adecuado programa ofrecido oportunamente incidir positivamente en reducir el riesgo de perpetuar el círculo delictual.

Fue en virtud de lo anterior, y de los dramáticos hechos acontecidos, que se le dio el impulso definitivo al proyecto de ley que establecía medidas alternativas a la reclusión y que se concretó en la Ley 20.603, y que se concedió el indulto a casi 5.000 internos, fundado precisamente en el hacinamiento existente y en la imposibilidad de conducir una rehabilitación en tales precarias condiciones.

Sin embargo, dicho esperanzador paso en dirección a mejorar el sistema penitenciario y de ejecución de penas, sólo produjo flores mas no frutos, a tal extensión que ni siquiera se ha terminado de implementar completamente las medidas de cumplimiento alternativas incorporadas por la referida ley, y que sigue existiendo hoy en día un hacinamiento que en algunas cárceles sobrepasa en casi un 300% de su capacidad.

5 años se cumplen ya de aquella fatídica madrugada del 8 de diciembre, y para una gran parte pareciera no ser más que un recuerdo desterrado al olvido, siendo sólo unas pocas voces del sistema político las que aun claman por una política criminal que permita una mayor reinserción y real inclusión.

Por el contrario, vemos que hoy se discute una agenda corta anti delincuencia cuya idea subyacente –expresada en el mensaje- es más cárcel como solución. Se promociona en diversos proyectos la prisión efectiva como la panacea del combate contra la delincuencia, mostrando una indiferencia respecto de las causas del actuar delictivo y apostando sólo al supuesto efecto disuasivo de la pena, dificultando aún más con ello las posibilidades de rehabilitación y posterior reinserción, e ignorando no sólo estudios e investigaciones sino el resultado fatídico de la experiencia de nuestro país.

El proponer la cárcel como única y mejor solución a la delincuencia, sólo tiene por consecuencia el aumento de la misma; al ser mayor la tasa de reincidencia cuando las penas se cumplen en sistemas cerrados. Al exponer a los infractores a una pena que debe cumplirse en inhumanas condiciones, en que el hacinamiento repercute directamente en la escasa posibilidad de acceder a programas de reinserción. Y más grave aún: con escaso acceso a cuidados de salud física y mental, sin contar la debilitación de los vínculos con la familia, red de apoyo y/o comunidad (mediante, por ejemplo, la restricción de visitas o imposibilidad de ejercer su derecho a voto).

El seguir el sendero de la encarcelación masiva, en el cual hemos avanzado bastante, tiene resultados fáciles de predecir. Podemos mirar hacia países como Estados Unidos, que han seguido ese derrotero y hoy tanto la Corte Suprema de dicho país como su Presidente instan por cambiar el rumbo de la política carcelaria ante las nefastas consecuencias que ésta ha traído.

5 años se cumplen ya de aquella fatídica madrugada del 8 de diciembre, y el paso del tiempo no ha logrado extinguir del todo las voces que piden atender la tragedia y vulneración de derechos que día a día se vive en nuestras cárceles. Así, éste no es sólo un ejercicio de memoria –de por sí valioso-, sino el momento de priorizar y formular una política criminal que tenga por objeto dar una posibilidad real de reinserción social –y con ello una posibilidad real de disminuir la reincidencia-, y no confinar a la exclusión e invisibilidad a quienes han delinquido.